¿Qué pasa si no contesto una oposición presentada contra mi marca?

El registro de una marca es un paso crucial para proteger la identidad y reputación de un negocio. Sin embargo, una vez que se presenta la solicitud de registro, es posible que terceros presenten oposiciones si consideran que la marca podría causar confusión o invadir sus derechos previos. En este artículo, exploraremos qué sucede si no se contesta una oposición presentada contra una marca en México y las posibles consecuencias de no tomar acción en un proceso de oposición.

¿Qué es una Oposición de Marca?
Una oposición de marca es un procedimiento legal en el cual un tercero se opone al registro de una marca argumentando que su registro causaría confusión con su marca previamente registrada o solicitada. La oposición se presenta ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y puede detener el proceso de registro de la marca en disputa.

Consecuencias de no Contestar una Oposición:
Si el titular de la marca objetada no contesta la oposición presentada en su contra, se considerará que ha renunciado a su derecho de defender la solicitud de registro de la marca. En este caso, el IMPI consideraría abandonado el trámite de la marca objetada. Esto significa que la marca no será registrada y el titular perderá los derechos exclusivos de uso y protección que otorga el registro de marca.

Plazos y Procedimiento para Contestar la Oposición:
El titular de la marca tiene un plazo de un mes para contestar la oposición después de haber sido notificado por el IMPI. . Es importante consultar con un abogado especializado en propiedad intelectual para asegurarse de cumplir con los plazos y requisitos legales adecuados.

Defensas y Argumentos en una Oposición:
Al contestar una oposición, el titular de la marca puede presentar argumentos y defensas para demostrar que su marca no causará confusión con la marca del opositor. Puede presentar pruebas de uso previo de la marca, diferencias significativas en los productos o servicios, entre otros elementos que respalden su posición.

Recomendaciones:
Actuar rápido: Responder oportunamente a la oposición dentro del plazo establecido es esencial para proteger los derechos de la marca.

Consultar con un abogado especializado: Un abogado en propiedad intelectual puede ayudar a evaluar la oposición, preparar una respuesta sólida y guiar al titular de la marca a través del proceso.

Considerar opciones de negociación: En algunos casos, es posible llegar a acuerdos con el opositor para resolver la oposición de manera amistosa.

Conclusión:

No contestar una oposición presentada contra una marca en México puede tener graves consecuencias, incluido el abandono de la solicitud de registro de la marca. Es esencial actuar rápidamente y buscar asesoría legal especializada para preparar una respuesta sólida y defender adecuadamente los derechos de la marca. Responder a la oposición de manera adecuada y fundamentada puede garantizar la protección y exclusividad de la marca, permitiendo que tu negocio prospere bajo una identidad protegida y reconocible.

Qué debo hacer si recibo una demanda de caducidad contra mi registro de marca

Autoridad resolviendo una demanda de caducidad de registro de marca

La propiedad intelectual es un tema crítico para las empresas y emprendedores. En particular, el registro de una marca es una forma importante de proteger los derechos de propiedad industrial en México. Sin embargo, los empresarios pueden llegar a enfrentar problemas legales como una demanda de caducidad (solicitud de declaración administrativa de caducidad) contra el registro de una marca. ¿Qué debes hacer si enfrentas una demanda de este tipo en México?

Primero que nada, es importante que comprendas qué es una demanda de caducidad. En términos simples, es un proceso legal en el cual se solicita la cancelación de un registro de marca por parte de terceros que consideran que su marca es similar o idéntica a la tuya, y además consideran que tu marca no ha sido utilizada en un periodo determinado de tiempo. En México, este proceso está regulado por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y los procedimientos son tramitados y resueltos por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

Si has recibido una demanda de caducidad, lo primero que debes hacer es buscar el asesoramiento de abogados especializados en propiedad intelectual, y particularmente en litigio de marcas. Ellos te explicarán las opciones disponibles para ti y te guiarán a través del proceso. Es importante que actúes rápidamente, ya que el plazo para responder a la demanda es de un mes desde el momento en que la recibiste.

Una vez que hayas contratado a un despacho de abogados especialistas en litigio de Propiedad Intelectual, ellos encargarán de analizar la demanda y determinar si es procedente o no. Si consideran que la demanda es infundada, pueden presentar una respuesta en defensa de tu registro de marca. En la respuesta se expondrán los argumentos y pruebas que justifiquen el uso de tu marca, tales como facturas, catálogos, fotografías, reconocimientos, etcétera.

Si, por el contrario, tus abogados especialistas en marcas consideran que la demanda es válida, aún existen opciones disponibles para ti. En algunos casos, puede ser posible llegar a un acuerdo de coexistencia con la parte actora mediante el cual se acuerde que tanto la demandante como tú puedan usar su marca o se establezcan ciertos límites para su uso. También es posible presentar una cancelación voluntaria de tu registro de marca, en la cual renuncias a su uso a cambio de que la demanda sea retirada y con esto evitar costos de defensa.

En resumen, si has recibido una demanda de caducidad es muy importante que vayas de la mano de abogados especialistas en litigio de Propiedad Intelectual y que actúes con rapidez, dado que lo contrario podría significar perder definitivamente tu marca y no poder volver a usarla.

Cesar Ramírez Esteves

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Cómo renovar una marca registrada

En mi experiencia profesional, me he topado con muchos casos de personas físicas o empresas que, una vez que obtienen el registro de su marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), consideran que han cumplido con la protección a su propiedad intelectual y dejan el tema en el olvido, muchas veces sin calendarizar el tema relativo a la renovación de su marca, o en su caso, sin encomendar dicha tarea a algún abogado o despacho especialista en estos temas.

La renovación de una marca registrada es un tema relativamente sencillo, sin embargo, es muy importante cuidar todos los detalles para con ello evitar poner en riesgo el que pudiera constituir el principal activo de la empresa, considerando además que, mientras más antiguo sea un registro de marca,  mayor será su valor como intangible. En el aspecto legal, esto se confirma si tomamos en cuenta que, una marca con cierta antigüedad en su registro, no podrá ya ser combatida, por ejemplo, por una acción de nulidad bajos las causales de uso previo, por datos falsos contenidos en la solicitud, o por mala fe; lo que no ocurriría si se tuviera que volver a tramitar la misma para para obtener un nuevo registro.

Plazos:

El registro de una marca tendrá una vigencia de 10 años contados a partir, no del otorgamiento de su registro, sino de la presentación de la solicitud respectiva.

El momento para llevar a cabo la renovación comienza seis meses antes de la terminación de la vigencia ordinaria del registro y se cuenta con un plazo adicional de hasta seis meses posteriores a la terminación de dicha vigencia sin que exista la necesidad de realizar un pago de derechos extraordinario al IMPI por dicha prórroga.

Es importante destacar que al presentarse la solicitud de renovación se hace una declaración bajo protesta de decir verdad de que la marca cuya renovación se solicita ha sido usada en al menos uno de los productos o servicios que la misma ampara durante los tres últimos años. Al ser una declaración ante autoridad federal, el falsear dicha información podría constituir un delito.

¿Es necesario que un abogado realice la renovación de una marca registrada?

La respuesta, como en varios casos es: necesario no, muy recomendable sí.

Como ya lo mencionamos, existen ciertos detalles que por un descuido o por falta de conocimiento, pudieran repercutir en la pérdida del principal activo de la empresa o incluso, como se dijo, en la comisión de un delito por falsedad de declaraciones ante autoridad federal. Con base en ello es que la recomendación es siempre contratar a algún abogado o despacho especialista en marcas o en propiedad intelectual para que lleve a cabo la renovación de sus marcas registradas.

ADEMÁS DE RENOVAR, VIGILAR.

Con la entrada en vigor en nuestro país del sistema de oposición al registro de marcas, además de cuidar el tema relativo al vencimiento y renovación de las marcas, se vuelve necesario el llevar a cabo la vigilancia de dichas marcas, a efecto de identificar nuevas solicitudes que pudieran invadir los derechos derivados de dichas marcas por resultar similares a éstas y amparar productos similares. Con dicha vigilancia, se está en posibilidades de promover escritos de oposición que contengan los argumentos y pruebas para que el IMPI niegue el registro de tales marcas propuestas.

La vigilancia de marcas es una labor compleja y que requiere conocimiento y ciertas herramientas tecnológicas, por lo que siempre se vuelve necesario contratar a algún abogado o despacho especialista para tales tareas.

Cesar Ramírez Esteves

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Entrevista sobre el Sistema de Oposición al Registro de Marcas en México.

El pasado viernes 06 de Mayo estuvimos en entrevista en el canal OchoTV dentro el programa «Informativo a la carta» hablando sobre la reciente aprobación por parte de la Cámara de Diputados al proyecto de Reformas a la Ley de la Propiedad Industrial en el tema del Sistema de Oposición al Registro de Marcas en México.

Aquí la entrevista.

http://www.youtube.com/watch?v=Zi_4uUWc9As&rel=0

 

Cesar Ramírez Esteves

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Sistema de oposición al registro de marcas en México

oposiciones de marca en mexico

El pasado 28 de Abril el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 432 votos el proyecto de reformas a diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial, por medio de las cuales se crea el “sistema de oposición al registro de marcas”. Ahora sólo resta la promulgación y publicación por parte del Ejecutivo Federal. Una vez cumplido lo anterior, la reforma entrará en vigor 90 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

El propósito de esta reforma es el dar la oportunidad de que personas o empresas que consideren que sus derechos de Propiedad Industrial pudieran verse invadidos en caso de concederse el registro de determinada marca, tengan una oportunidad de presentar argumentos a la Autoridad en este caso el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, previo al examen de fondo que se realice a la solicitud, mismos que podrán ser considerados al momento de emitir la resolución correspondiente.

Otro de los propósitos de esta reforma es el disminuir el número de solicitudes de declaración administrativa de nulidad, al menos por la causal de que el registro haya sido otorgado por error o inadvertencia de la autoridad.

Durante muchos años, las oposiciones al registro de marcas existían de facto, es decir, en la práctica era común que si se tenía conocimiento de la existencia de una solicitud de registro de marca, en cualquier momento previo al resultado del examen de fondo se presentaban escritos en los que titulares de marcas previamente registradas que consideraban que la marca en trámite resultaba similar a la o las marcas de su propiedad exponían sus argumentos a la autoridad con miras a que ésta emitiera un oficio de anterioridad, y eventualmente negara el registro en cuestión.

Ahora la reforma viene a regular una práctica que como se mencionaba, de facto ya se daba en nuestro sistema marcario, pero dotándola obviamente de ciertas normas y plazos que ahora los opositores deberán cumplir, lo que traerá desde luego mayor certidumbre a todos los usuarios de dicho sistema.

Con estos cambios, nuestro país viene a estandarizar su sistema de registro con el de la mayoría de los países del mundo, lo que ya se veía venir desde la entrada en vigor del Arreglo de Madrid para el registro internacional de marcas.

Cesar Ramírez Esteves

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VIGILANCIA DE MARCAS REGISTRADAS

baywatch

Vivimos en pleno siglo 21. En la era de la información, de la innovación, y aún así, es fecha que en nuestro país aún existe muy poca cultura relacionada con la Propiedad Intelectual.

Hablando de registro de marcas, aún es poco el porcentaje de empresas que se preocupa por dar una adecuada protección a sus activos intangibles.

Ahora bien, si de por si es pobre la cultura de registro en México, mucho más pobre es la cultura de realizar una periódica vigilancia de aquellas marcas que ya cuentan con protección ante el IMPI. Pero veamos en qué consiste la vigilancia de marcas:

Vigilar una marca implica la realización de búsquedas periódicas de marcas registradas o en trámite de registro que resulten idénticas o similares a aquella que se desea vigilar. Estas búsquedas deben realizarse en la base de datos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

Lo anterior tiene como finalidad ya sea, promover escritos de oposición en aquellos expedientes de marca en trámite que resulten idénticas o similares en grado de confusión a la marca que se vigila, para impedir que el IMPI otorgue el registro, o bien, si la marca que resulta idéntica o similar ya fue concedida por la autoridad, promover una solicitud declaración administrativa de nulidad ante el propio IMPI.

Por otro lado, también existe la posibilidad de realizar una vigilancia o monitoreo a nivel comercial, con el fin de identificar desleales competidores que hacen un uso no autorizado de determinada marca registrada y con ello poder iniciar procedimientos de solicitud de declaración administrativa de infracción o incluso procedimientos penales por falsificación de marca.

Debemos de partir de la idea de que no se puede hacer valer los derechos que confiere una marca frente algo que se desconoce.

El costo por la vigilancia de una marca es sumamente bajo si se compara con los grandes beneficios que se pueden llegar a generar a partir de ésta.
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