Cómo Enfrentar una Visita de Inspección del IMPI: Guía para Proteger tu Propiedad Intelectual

Visita de Inspección IMPI

Las visitas de inspección por parte del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) pueden generar incertidumbre y preocupación para muchos empresarios y emprendedores en México. Estas visitas son llevadas a cabo con el propósito de verificar el cumplimiento de las normativas relacionadas con la propiedad intelectual.

Los casos en los que puede generarse una visita de inspección son diversos, y generalmente están relacionados con situaciones como: sospechas de infracción de derechos de propiedad intelectual, denuncias por parte de terceros, la comercialización de productos falsificados o el uso no autorizado de marcas registradas u otros derechos.

Si bien recibir una visita de inspección puede ser un proceso desafiante, estar preparado y conocer tus derechos y obligaciones te ayudará a enfrentarla de manera adecuada y proteger tus activos intangibles. A continuación, te proporcionamos una guía completa para enfrentar una visita de inspección del IMPI y proteger eficazmente tu propiedad intelectual.

1.  Mantén la calma y coopera:
Lo primero y más importante es mantener la calma ante la visita de inspección. Colaborar con los inspectores y proporcionar la información solicitada de manera transparente y veraz es fundamental. Mostrar una actitud proactiva y receptiva puede tener un impacto positivo en el desarrollo de la inspección y demostrar tu compromiso con el cumplimiento de la ley. Por el contrario, oponerte a la práctica de la visita conlleva graves consecuencias, como el que se tengan por ciertos todos los hechos asentados en la solicitud, y que se imponga una sanción económica por la oposición a la práctica de la visita.

2. Designa un representante:
Es recomendable designar a una persona dentro de tu empresa o negocio para que actúe como el representante oficial durante la visita de inspección. Esta persona debe estar familiarizada con los aspectos legales y operativos de la empresa y ser capaz de responder a las preguntas de los inspectores de manera adecuada. De preferencia esa persona debería de ser tu abogado especialista en Propiedad Intelectual.

3.Revisa tus documentos y registros:
Antes de la visita de inspección, asegúrate de revisar y tener en orden todos los documentos relacionados con tu propiedad intelectual, como registros de marcas, patentes, derechos de autor, contratos de licencia, entre otros. También es importante contar con registros que respalden el uso adecuado de los activos intangibles en tu negocio.

4. Conoce tus derechos y obligaciones:
Es fundamental tener un conocimiento claro de tus derechos y obligaciones en relación con la propiedad intelectual. Infórmate sobre las leyes y regulaciones pertinentes, así como sobre los procedimientos que se seguirán durante la visita de inspección. Esto te permitirá tomar decisiones informadas y proteger tus intereses de manera efectiva.

5. Solicita una copia del acta de inspección:
Durante la visita, tienes el derecho de solicitar una copia del acta de inspección. Asegúrate de revisar detenidamente esta acta y verifica que todos los datos y observaciones sean precisos y estén correctamente documentados. Si encuentras alguna discrepancia, puedes plantear tus inquietudes al inspector del IMPI para aclarar cualquier malentendido.

6.- Consulta a un especialista:
Si tienes dudas o enfrentas problemas específicos durante la visita de inspección, es recomendable consultar a un abogado especializado en propiedad intelectual. Un experto te brindará asesoramiento legal personalizado y te ayudará a proteger tus derechos y a tomar las medidas adecuadas en caso de irregularidades.

Conclusión:

Enfrentar una visita de inspección del IMPI puede ser una experiencia intimidante, pero con la preparación adecuada y una actitud cooperativa, puedes asegurar que se respeten tus derechos de propiedad intelectual. Siguiendo estos consejos y manteniéndote informado sobre tus derechos y obligaciones, estarás mejor preparado para proteger tus activos intangibles y garantizar el cumplimiento de las leyes de propiedad intelectual en México. Recuerda que la transparencia y la colaboración son fundamentales para mantener una relación positiva con el IMPI y salvaguardar tu propiedad intelectual.

Cesar Ramírez Esteves

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Diseños Industriales: Diferencia entre dibujo industrial y modelo industrial

diseños industriales

En términos generales, se considera diseño industrial a aquella innovación de carácter estético u ornamental realizada sobre determinado producto, sin considerar aquellas características que estén dictadas únicamente por consideraciones de orden técnico. Es decir, diseño industrial es toda aquella creación humana que se refiera meramente a la apariencia de un objeto.

Bajo este tenor, tenemos que los diseños industriales se clasifican en dos tipos, según sean bidimensionales o tridimensionales:

  • Dibujos industriales: Toda combinación de figuras, colores o líneas que se incorporen a un producto industrial con propósitos de ornato y que se len un aspecto particular.
  • Modelos Industrriales: Toda forma tridimensional que sirva de patrón para la fabricación de un producto industrial, que le dé apariencia especial, en cuanto que no implique aspectos técnicos.

Si deseas registrar un diseño industrial, ya sea en su modalidad de modelo industrial o de dibujo industrial, te recomiendo que te asesores con un abogado especialista en Propiedad Intelectual.

Cesar Ramirez Esteves

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¿Existen las Marcas Internacionales?

Aun cuando seguramente muchos piensan lo contrario, siento decirles que la respuesta es: NO! No existen las marcas internacionales (jurídicamente hablando).

De conformidad con el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, la protección que brinda una marca es territorial, esto quiere decir que si yo registro una marca en Brasil, por poner un ejemplo, únicamente tendré protección sobre mi marca en Brasil, y si deseo protección en algunos otros países tendré que acudir (o por lo menos realizar el trámite con algún corresponsal) a cada uno de estos países para solicitar el registro de la misma.

Lo anterior se traduce en que, definitivamente, no existen los registros internacionales, o marcas internacionales ( de hecho algunos despachos de abogados en materia de propiedad intelectual cometen este error de denominar «marcas internacionales» a los registros de sus clientes en el extranjero,  e incluso en algunos llegan a tener un «area de registros internacionales» pero esto es, simplemente, un empleo inadecuado de los términos.

Como siempre la recomendación es consultar con un abogado especialista en marcas o en propiedad intelectual de tu confianza.

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¿Que es una marca nominativa?

De conformidad con la Ley de la Propiedad Industrial, en México existen 4 tipos de marca. A saber:

  1. Nominativa
  2. Innominada
  3. Tridimensional
  4. Mixta (Combinación de dos de las anteriores)

En este post hablaremos de lo que es una marca nominativa.

Una marca nominativa, como su mismo nombre lo dice, es aquella que protege únicamente el nombre de un producto, es decir, la voz fonética de dicha marca, su pronunciación.

En mi opinión este es el tipo de marca por el que se debe optar en caso de no contar con mucho presupuesto como para contar con una variedad de registros, es decir, si estás pensando en solicitar un solo registro para tu marca, elige una marca nominativa. ¿Porqué? A continuación la razón:

Como ya lo dije, lo que se protege con una marca nominativa es el nombre de los productos a distinguir con la misma, por lo que no importa el tipo de letra con el que se plasme el mismo, ni su tamaño, ni su color. Hay que recordar también que existe una disposición en la Ley de la Propiedad Industrial que establece la obligación de utilizar las marcas tal y como fueron registradas, y de ahí el riesgo de contar únicamente con un registro mixto, pues al incluir un diseño, basta con que el mismo se modifique para violar la mencionada disposición lo que pudiera acarrear como consecuencia la caducidad de dicho registro.

La recomendación, como siempre es que previo a la solicitud de registro de tu marca consultes a un abogado especialista en marcas o propiedad intelectual de tu confianza para que tu registro sea robusto jurídicamente.

Cesar Ramírez Esteves

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¿Necesito un abogado para registrar mi marca?

La respuesta a esta pregunta es muy subjetiva.

Necesitar, necesitar, asi como necesitar, NO. Sin embargo si es MUY importante contar con asesoria de un especialista al momento de solicitar un registro de marca por lo siguiente:

Desde que existen los formatos estandarizados para la solicitud de un registro de marca (los que proporciona el IMPI) las personas creen que se trata de un simple trámite como cualquier otro, en el que únicamente se requiere llenar espacios en blanco, y por lo tanto se les hace un exceso y hasta una tontería el contratar asesoría de un abogado para lo mismo.

A lo anterior debemos sumarle el hecho de que a cualquier persona que se presente en las oficinas del IMPI, el personal de dicho instituto le brinda «asesoría«, con lo cual se refuerza la creencia de que pagarle a un abogado por su asesoría es tirar el dinero a la basura.

A pesar de lo anterior, es necesario tener en cuenta varias cosas:

  1. El personal que se encuentra brindando asesoria en las oficinas del IMPI, en muchas ocasiones se trata de estudiantes prestando su servicio social, lo cual implica que la persona que brinda la «asesoría» tenga practicamente nulos conocimientos y practica en la materia de Propiedad Intelectual ( hay honrrosas excepciones a esta regla, donde las personas son sumamente capaces, pero son raras).
  2. El IMPI es una institución de buena fe, lo que implica que si nosotros manifestamos un dato en la solicitud, ellos no van a verificar que dicho dato sea verídico, con lo cual pudieran conceder registros aun en base a datos incorrectos o falso.
  3. El mas importante… lograr el registro de una marca y contar con el título no implica que nadie nos pueda quitar ya nuestra marca.

A nuestra oficina han llegado gran cantidad de personas que, asombradas, nos manifiestan que otra persona ha demandado ante el IMPI la nulidad de su registro de marca en base a datos falsos contenidos en la solicitud. La mayoría de los casos el problema lo da la fecha de primer uso manifestada.

La fecha de primer uso, un dato que, a simple vista pudiera no tener ninguna complicación, suele ser la razón de la pérdida de cientos de registros por falta de una debida asesoría. Muchas personas manifiestan una fecha de primer uso en su solicitud que nada tiene que ver con la definición de uso que dicta el Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial. Muchas veces ponen como esa fecha la de su alta en Hacienda, o la fecha en que mandaron hacer su papelería, la fecha en que abrieron su tienda, etcétera… GRAVE ERROR!!!, gracias a eso otras personas se quedan con sus marcas después de años y años de inversión.

El derecho de las marcas ( y en general, el derecho de la Propiedad Intelectual) es sumamente engañoso, ya que a primera vista pudiera parecer sumamente sencillo, pero lo cierto es que es un area de alto grado de especialidad, que suele poner en apuros INCLUSO A ABOGADOS, que no tienen la especialización requerida.

Por lo anterior, yo te invito a que si tienes algún asunto relacionado con marcas o propiedad intelectual, evites intentar ahorrarte unos pesos y acudas a un abogado especialista. Recuerda que hoy, más que nunca, lo bienes intangibles tienen más valor incluso que los tangibles!!!

Cesar Ramírez Esteves

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Secretos Industriales en Mexico

Una figura que considero muy poco explotada en nuestro país, a pesar de su gran importancia dentro del sistema de Propiedad Intelectual es la de los secretos industriales.

En México, se contempla en nuestra legislación a partir de 1991.

Según el artículo 82 de la Ley de la Propiedad Industrial ” se considera secreto industrial a toda información de aplicación industrial o comercial que guarde una persona física o moral con carácter confidencial, que le signifique obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la realización de actividades económicas y respecto de la cual haya adoptado los medios o sistemas suficientes para preservar su confidencialidad y el acceso restringido a la misma”.

Por lo tanto, los requisitos para que exista un secreto industrial son:

  1. Que la información sea de aplicación industrial y/o comercial.
  2. Que otorgue o ayude a mantener una ventaja competitiva y económica frente a terceros.
  3. Que se hayan adoptado las medidas necesarias para conservar su confidencialidad y el acceso restringido a la misma.

Por otro lado, el artículo 83 de la misma ley establece la obligación de que dicha información conste necesariamente en un soporte material, tal como papel, disco compacto, unidad de almacenamiento masivo, etcétera.

En lo referente a que ” se hayan adoptado las medidas necesarias para conservar su confidencialidad y el acceso restringido a la misma” muchas personas creen que dicho requisito se satisface con la mera firma de convenios de confidencialidad, lo cual, en nuestra experiencia, nos ha demostrado que no es suficiente al momento de querer ejercer acciones de carácter penal contra la persona que ha violado secretos industriales, pues como bien lo señala la ley, también se requiere que se conserve el acceso restringido a la información confidencial considerada como secreto industrial. Por lo tanto, se requiere además tomar medidas tales como la implementación de contraseñas para el acceso a redes o equipos donde se contiene dicha información, resguardar dicha información en un “cuarto seguro”, “clasificar” la información, registro de entradas y salidas de personal a las instalaciones de la organización, etcétera.

La ventaja de los secretos industriales frente a otras figuras como podrían ser las patentes es que no estamos sujetos a temporalidad alguna, ya que la ley protege los secretos industriales en tanto no se pierda su confidencialidad. Tampoco estamos sujetos a la territorialidad pues la protección puede llegar a ser a nivel mundial, en oposición a las patentes, las cuales solo nos brindan protección en aquellos países en los cuales se siguen los tramites y se logran obtener éstas.

Como desventaja de esta figura podemos mencionar que para gozar de protección el manejo de la información se vuelve un tema por demás delicado y sensible, se debe crear conciencia en los empleados de la organización y estar monitoreando constantemente que se sigan las políticas de confidencialidad adoptadas por ésta,

Por otro lado, los secretos industriales constituyen una interesante alternativa para la protección de información no patentable, como pudiera ser: recetas de comida, lista de clientes, lista de proveedores, estudios de mercado, proyectos de crecimiento, nuevos lanzamientos de productos, etcétera.

Finalmente cito como el ejemplo más famoso de secreto industrial el de la fórmula de la COCA-COLA, mismo que hasta la fecha se mantiene vigente.

En VILA ABOGADOS hemos desarrollado un sistema de confidencialidad para la protección de secretos industriales que ha demostrado ser sumamente eficaz.

Cesar Ramírez Esteves

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