¿Como puedo saber si mi marca ya está registrada?

Ya has decidido registrar tu marca, pero te preguntarás ¿Como saber si mi marca no fue ya registrada por alguien más?. En la mayoría de los casos lo podremos saber haciendo una búsqueda fonética, en el caso de México ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

Anteriormente era necesario hacer un pago de derechos al IMPI para poder tener los resultados de una búsqueda fonética, sin embargo desde hace ya algunos meses, se liberó el sistema vía internet y ahora cualquier persona puede realizar búsquedas fonéticas completamente gratis.

A pesar de lo anterior, hay que tener en cuenta que se trata de un tema delicado. No es lo mismo tener los resultados de una búsqueda fonética que saber interpretarlos, es más, para que los resultados de la búsqueda sean útiles se requiere hacer una correcta clasificación de los productos o servicios a proteger en base a la Clasificación Internacional contenida en el Arreglo de Niza.

Mi consejo sería que no se confíen. Si desean aprovechar la herramienta que brinda el IMPI para las búsquedas fonéticas háganlo, pero antes de ingresar la solicitud pidan asesoría de un abogado especialista en marcas para que pueda interpretar la búsqueda fonética y evitar así pérdida de tiempo y dinero.

Cesar Ramirez Esteves

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¿Necesito un abogado para registrar mi marca?

La respuesta a esta pregunta es muy subjetiva.

Necesitar, necesitar, asi como necesitar, NO. Sin embargo si es MUY importante contar con asesoria de un especialista al momento de solicitar un registro de marca por lo siguiente:

Desde que existen los formatos estandarizados para la solicitud de un registro de marca (los que proporciona el IMPI) las personas creen que se trata de un simple trámite como cualquier otro, en el que únicamente se requiere llenar espacios en blanco, y por lo tanto se les hace un exceso y hasta una tontería el contratar asesoría de un abogado para lo mismo.

A lo anterior debemos sumarle el hecho de que a cualquier persona que se presente en las oficinas del IMPI, el personal de dicho instituto le brinda «asesoría«, con lo cual se refuerza la creencia de que pagarle a un abogado por su asesoría es tirar el dinero a la basura.

A pesar de lo anterior, es necesario tener en cuenta varias cosas:

  1. El personal que se encuentra brindando asesoria en las oficinas del IMPI, en muchas ocasiones se trata de estudiantes prestando su servicio social, lo cual implica que la persona que brinda la «asesoría» tenga practicamente nulos conocimientos y practica en la materia de Propiedad Intelectual ( hay honrrosas excepciones a esta regla, donde las personas son sumamente capaces, pero son raras).
  2. El IMPI es una institución de buena fe, lo que implica que si nosotros manifestamos un dato en la solicitud, ellos no van a verificar que dicho dato sea verídico, con lo cual pudieran conceder registros aun en base a datos incorrectos o falso.
  3. El mas importante… lograr el registro de una marca y contar con el título no implica que nadie nos pueda quitar ya nuestra marca.

A nuestra oficina han llegado gran cantidad de personas que, asombradas, nos manifiestan que otra persona ha demandado ante el IMPI la nulidad de su registro de marca en base a datos falsos contenidos en la solicitud. La mayoría de los casos el problema lo da la fecha de primer uso manifestada.

La fecha de primer uso, un dato que, a simple vista pudiera no tener ninguna complicación, suele ser la razón de la pérdida de cientos de registros por falta de una debida asesoría. Muchas personas manifiestan una fecha de primer uso en su solicitud que nada tiene que ver con la definición de uso que dicta el Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial. Muchas veces ponen como esa fecha la de su alta en Hacienda, o la fecha en que mandaron hacer su papelería, la fecha en que abrieron su tienda, etcétera… GRAVE ERROR!!!, gracias a eso otras personas se quedan con sus marcas después de años y años de inversión.

El derecho de las marcas ( y en general, el derecho de la Propiedad Intelectual) es sumamente engañoso, ya que a primera vista pudiera parecer sumamente sencillo, pero lo cierto es que es un area de alto grado de especialidad, que suele poner en apuros INCLUSO A ABOGADOS, que no tienen la especialización requerida.

Por lo anterior, yo te invito a que si tienes algún asunto relacionado con marcas o propiedad intelectual, evites intentar ahorrarte unos pesos y acudas a un abogado especialista. Recuerda que hoy, más que nunca, lo bienes intangibles tienen más valor incluso que los tangibles!!!

Cesar Ramírez Esteves

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Voy a exportar ¿necesito registrar mi marca en el país destino’

La protección que brinda el registro de una marca es territorial, lo que implica que únicamente será efectiva en el país que lo concedió, salvo contadas excepciones, como lo es el caso de la marca comunitaria, que es una marca regional que brinda protección en todos los países que conforman la Unión Europea, con un sólo registro.

Tomando en cuenta lo anterior, es importante señalar que, por ejemplo, si una empresa tiene registradas sus marcas en México, pero por una u otra razón empieza a comercializar sus productos en el extranjero, es necesario:

  1. Verificar que no existan marcas registradas idénticas o similares en grado de confusión protegiendo productos idénticos o relacionados entre sí, ya que en caso de que así sea, la comercialización que se haga en el país de destino sería ilegal, pues alguien más tendría el derecho a usar en forma exclusiva dichas marcas.
  2. Si las marcas ya fueron registradas por alguien más sería necesario ya sea negociar con el titular una posible cesión de dichas marcas (en caso de que el negocio lo amerite) o comercializar los productos con otra marca en dicho país.
  3. En caso de que las marcas se encuentren disponibles para registro habrá que solicitarlas de inmediato, ya que, como muchos sabrán, existen personas que hacen del secuestro de marcas su modus vivendi, obteniendo en ocasiones grandes ganancias derivadas de la transmisión de marcas que en sentido estricto no les pertenece.

Todo lo anterior debería realizarse, preferentemente, antes de concretar la primera venta, para evitar dolores de cabeza.

En conclusión: Si vas a exportar, no basta con que tengas registrada tu marca en México.

Cesar Ramírez Esteves

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