¿Debo registrar mi marca en Estados Unidos?

Muchas personas llegan a nuestro despacho dudosos sobre sí deberían o no registrar su marca en los Estados Unidos.

Para nadie es ajeno que Estados Unidos representa uno de los mercados más atractivos para cualquier producto o servicio. Si a eso sumamos el hecho de que México sea vecino de dicho país, tendremos como consecuencia que una gran cantidad de empresas y personas tengan la intención de exportar sus productos hacia dicho mercado; no obstante, también es un dato generalmente conocido el alto grado de respeto que existe allá hacia la Propiedad Intelectual y las graves consecuencias que podría conllevar el que se llegara a considerar que existe una violación a una marca registrada.

Debemos recordar que un registro de marca conlleva varias funciones. Por un lado tenemos el de otorgar un derecho de exclusividad en su uso a su titular, pero por otro lado, está la garantía de no invadir derechos de terceros.

Con base en lo anterior, la recomendación sería definitivamente siempre que se pretenda comercializar un producto en Estados Unidos, proceder con los registros de marca respectivos en las clases que correspondan.

Igualmente será necesario registrar la marca en dicho país, cuando se pretenda, por ejemplo, fabricar un producto allá, para su posterior importación a México, dado que se también se entenderá que una marca está en uso, cuando los productos que ésta distinguen están destinados a la exportación.

En conclusión, a efecto de evitar dolores de cabeza y graves problemas legales, siempre que se pretenda exportar hacia Estados Unidos algún producto o servicio, o cuando en su caso, se pretenda fabricar allá algún bien para su posterior importación hacia el país, será recomendable llevar a cabo el trámite de registro de marca.

 En caso de estar interesado ya sea en la obtención de un registro de marca de certificación o en la obtención de autorización para el uso de una ya registrada, la recomendación es acercarse a despachos de abogados expertos en Propiedad Intelectual para evitar complicaciones.

Cesar Ramírez Esteves

Abogado especialista en Propiedad Intelectual.

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Voy a exportar ¿necesito registrar mi marca en el país destino’

La protección que brinda el registro de una marca es territorial, lo que implica que únicamente será efectiva en el país que lo concedió, salvo contadas excepciones, como lo es el caso de la marca comunitaria, que es una marca regional que brinda protección en todos los países que conforman la Unión Europea, con un sólo registro.

Tomando en cuenta lo anterior, es importante señalar que, por ejemplo, si una empresa tiene registradas sus marcas en México, pero por una u otra razón empieza a comercializar sus productos en el extranjero, es necesario:

  1. Verificar que no existan marcas registradas idénticas o similares en grado de confusión protegiendo productos idénticos o relacionados entre sí, ya que en caso de que así sea, la comercialización que se haga en el país de destino sería ilegal, pues alguien más tendría el derecho a usar en forma exclusiva dichas marcas.
  2. Si las marcas ya fueron registradas por alguien más sería necesario ya sea negociar con el titular una posible cesión de dichas marcas (en caso de que el negocio lo amerite) o comercializar los productos con otra marca en dicho país.
  3. En caso de que las marcas se encuentren disponibles para registro habrá que solicitarlas de inmediato, ya que, como muchos sabrán, existen personas que hacen del secuestro de marcas su modus vivendi, obteniendo en ocasiones grandes ganancias derivadas de la transmisión de marcas que en sentido estricto no les pertenece.

Todo lo anterior debería realizarse, preferentemente, antes de concretar la primera venta, para evitar dolores de cabeza.

En conclusión: Si vas a exportar, no basta con que tengas registrada tu marca en México.

Cesar Ramírez Esteves

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