Causales de nulidad de registro de marca – Datos Falsos.

Datos falsos solicitud de marca

En la entrada anterior traté el tema de la causal de uso previo para solicitar la declaración de nulidad de un registro de marca.

En esta ocasión estudiaremos otra de las causales contempladas por el artículo 151 de la Ley de la Propiedad Industrial para una nulidad de registro marcario: el que dicho registro se haya otorgado con base en datos falsos contenidos en la solicitud.

En legislaciones anteriores se contemplaba que un registro podría ser nulificado si la solicitud contenía falsedades en los datos esenciales de la misma. Actualmente dicha distinción ha desaparecido, por lo que, en estricto derecho, basta con que exista alguna falsedad en la solicitud para que el registro de dicha marca sea declarado nulo por la autoridad.

Algunos de los datos que pudieran llegar a considerarse falsos son:

  • Fecha de primer uso de la marca.
  • Domicilio del titular.
  • Domicilio del establecimiento.
  • Nacionalidad del titular.

Es importante destacar que la causal se refiere a falsedades contenidas en la solicitud, por lo que, si por ejemplo, se manifestó un domicilio falso en la solicitud, pero posteriormente se solicitó una toma de nota de cambio de domicilio del titular o del establecimiento, ello NO sería suficiente para librar la posible declaración administrativa de nulidad en contra de dicho registro.

El plazo para solicitar la nulidad de un registro de marca por la causal de datos falsos es de 5 años contados a partir de la publicación de dicho registro en la gaceta de la propiedad industrial.

En las próximas entradas seguiremos estudiando el resto de causales de nulidad para un registro de marca.

César Ramírez Esteves

[twitter-follow screen_name=’ramirezesteves’]

Si tienes alguna duda relacionada con este post no dudes en contactarme en el correo cesar.ramirez(arroba)gardhivila.com

Si necesitas un abogado especialista en marcas haz click aquí.

También puedes contactarme en mis oficinas en Guadalajara, Jalisco, México. www.gardhivila.com

Si te agrado este post haz click aquí para suscribirte y recibir las actualizaciones de este blog en tu E-mail

Marca IPAD MINI en los Estados Unidos. ¿Negada?

UPSTO

En los últimos días hemos visto como diversos medios electrónicos e impresos han venido publicado la noticia de que la oficina de marcas y patentes de los Estados Unidos ha negado a Apple, INC. el registro para la marca IPAD MINI.

Como es común en noticias relacionadas con temas jurídicos, y particularmente, sobre Propiedad Intelectual, la información no es del todo cierta.

Más que una negativa de registro, lo que la UPSTO emitió en su momento (24 de Enero de este año) fue una acción oficial (office action) en el que se citaban diversos impedimentos legales (entre ellos la supuesta descriptividad de la denominación), dando la oportunidad al solicitante de la marca, de presentar manifestaciones que a su derecho conviniera en un plazo de 6 meses contados desde la emisión de la acción oficial.

Al parecer ya hubo una reacción por parte de la USPTO y con fecha del 3 de abril del presente, se emitió una nueva acción oficial que expresamente señala que sustituye a la anterior y en la que se retira el impedimento referente a la descriptividad de la marca (previo un estudio más exhaustivo de la solicitud, en palabras del examinador).

En esta última acción oficial, se mantiene el impedimento consistente en una serie de solicitudes de marcas en trámite que resultan ser similares a la marca IPAD MINI, por lo que se deja en suspenso el trámite de ésta última hasta en tanto se resuelva sobre el registro o no de las marcas citadas en la office action.

Igualmente, se requiere a Apple Inc la renuncia al uso exclusivo (disclaimer)  sobre la palabra MINI .

La conclusión es que no debemos dejarnos llevar tan fácilmente por lo que se comenta en la prensa, ya que muchas veces, por desconocimiento de la materia, más que informar desinforma.

Cesar Ramirez Esteves

[twitter-follow screen_name=’ramirezesteves’]

Si tienes alguna duda relacionada con este post no dudes en contactarme en el correo cramirez@uribeyesteves.com

Si necesitas un abogado especialista en Propiedad Intelectual haz click aquí.

También puedes contactarme en mis oficinas en Guadalajara, Jalisco, México.

Si te agrado este post haz click aquí para suscribirte y recibir las actualizaciones de este blog en tu E-mail

Share

¿SONY ERICSSON cometiendo piratería?

Resulta que ahora quien al parecer está teniendo problemas con cuestiones de marcas registradas es SONY ERICSSON, pues según se menciona en una nota de MILENIO, ha sido presentada una querella en su contra, por “la fabricación, producción, almacenamiento, transportación, introducción al país, distribución y/o venta en forma dolosa y con el fin de especulación comercial” de objetos que son falsificaciones de marcas protegidas como el caso de PLAYNOW.

Para los que no sepan, PLAYNOW es digamos la versión de SONY ERICSSON para la ITUNES STORE, es decir, es la tiendar virtual en donde se pueden adquirir aplicaciones, juegos, videos o música para los teléfonos móbiles de la mencionada marca.

El problema aquí es que el titular de  la marca PLAYNOW, para el caso de México lo es el señor José Manuel Samohano Silva, quien cuenta con 2 registros para dicha denominación (registro 1, registro 2).

Ya SONY ERICSSON había intentado sin éxito obtener el registro de la marca PLAYNOW en un número importante de clases (expediente 1, expediente 2, expediente 3, expediente 4), obteniendo en todos los trámites negativas de registro.

En lo personal veo poco viable que pueda prosperar la querella pues el tipo penal se refiere a objetos, y en este caso estamos hablando de una marca de servicios, por lo que se ve complicado poder hablar de falsificación de marcas en servicios.

En  donde podría tener problemas reales SONY ERICSSON es en el caso de que se haya presentado simultáneo a la querella, un procedimiento de declaración administrativa de infracción, por el uso ilegal de la marca PLAYNOW, misma que considero sí tendría muchas posibilidades de prosperar.

Como dicen por ahí… y también para temas de propiedad intelectual… en todos lados se cuecen habas.

César Ramírez Esteves.

Si tiene alguna duda relacionada con este post, no dude en contactarme en el correo cramirez(arroba)uribeyasociados.com

También puede localizarme en mis oficinas ubicadas en Guadalajara, México.

Share