Aspectos de la Propiedad Intelectual en torno a la industria del Tequila

La industria del tequila es una de las más emblemáticas de México y, como tal, cuenta con una serie de aspectos de Propiedad Intelectual que deben ser considerados y protegidos. En este post, exploraremos algunos de estos aspectos y su importancia para la industria del tequila.

1. Protección de la Denominación de Origen: El tequila es una bebida protegida por la Denominación de Origen (DO), lo que significa que solo puede ser producido en ciertas regiones de México y bajo ciertas condiciones. Es importante conocer los requisitos para poder utilizar la Denominación de Origen y protegerla adecuadamente.

2. Marcas registradas: Además de la protección de la Denominación de Origen, las marcas relacionadas con el tequila también deben ser protegidas mediante su registro. Es fundamental registrar las marcas de tequila para evitar el uso no autorizado de las mismas y la confusión entre los consumidores. La protección bajo la figura de marca registrada puede darse tanto para el nombre del tequila, el logotipo, el diseño de la etiqueta, el nombre de la casa tequilera, etcétera.

3. Propiedad intelectual en la publicidad: La publicidad es una herramienta importante para promocionar el tequila. Sin embargo, es importante tener en cuenta los derechos de Propiedad Intelectual en la publicidad, especialmente en lo que se refiere a la imagen y la marca de la bebida, utilización de slogans o avisos comerciales (incluso hashtags en redes sociales).

4. Propiedad intelectual en el diseño de botellas: El diseño de las botellas de tequila es también un aspecto importante de la Propiedad Intelectual. Los diseños de botellas pueden ser protegidos mediante el registro de diseños industriales, marcas tridimensionales y recientemente, marcas de imagen comercial y pueden ser una parte importante de la identidad de una marca de tequila, por lo que es importante buscar su registro.

La industria del tequila es un ejemplo de cómo la Propiedad Intelectual puede ser fundamental para proteger y promover una industria en particular. 

Cesar Ramírez Esteves.

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El litigio por Derechos de Autor más famoso en la historia de la música: Queen vs. Vanilla Ice por «Ice Ice Baby».

En la industria de la música, uno de los casos más notorios de plagio y litigio por derechos de autor fue el enfrentamiento entre Vanilla Ice y Queen y David Bowie por la canción «Under Pressure». En este post exploraremos los detalles de este caso y su impacto en la Propiedad Intelectual.

«Under Pressure» es una canción icónica de Queen y David Bowie, que fuera lanzada en 1981,  y que presenta una característica línea de bajo, así como una melodía inolvidable.

En 1990, Vanilla Ice lanzó al mercado su exitoso sencillo «Ice Ice Baby», mismo que rápidamente se convirtió en un éxito en todo el mundo. La canción también presentaba una línea de bajo memorable y una melodía pegajosa, sin embargo, pronto surgieron rumores de que Vanilla Ice había plagiado la canción «Under Pressure».

La demanda fue presentada por los representantes de Queen y Bowie, argumentando que la canción «Ice Ice Baby» violaba los derechos de autor de «Under Pressure». Vanilla Ice en un inicio negó las acusaciones, pero tiempo después de que se demostró que la línea de bajo era idéntica, llegó a un acuerdo con los demandantes para evitar así ir a juicio. El acuerdo permitió a Vanilla Ice el sample de «Under Pressure» en «Ice Ice Baby», pero también implicó que Queen y Bowie obtuvieran una parte de las regalías sobre la canción.

Este caso tuvo un gran impacto en la industria de la música y en la protección de los derechos de autor. Demostró, por ejemplo,  la importancia de reconocer y respetar la propiedad intelectual, y que las consecuencias del plagio pueden llegar a ser graves. También condujo a un mayor escrutinio sobre el uso de samples y la necesidad de obtener autorización y pagar regalías por el uso de material con derechos de autor.

En conclusión, el caso de Vanilla Ice y Queen y David Bowie es un claro ejemplo de cómo la propiedad intelectual y los derechos de autor pueden y deben ser protegidos y aplicados en la industria de la música. A través de la resolución de este caso, se estableció un precedente importante en la protección de los derechos de autor y el uso legal de material con derechos de autor.

Cesar Ramírez Esteves.

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Demanda o litigio por el uso de la imagen de una persona

ión De conformidad con la Ley Federal del Derecho de Autor, el retrato ( o imagen) de una persona solamente puede ser utilizado con su consentimiento expreso y por escrito, por lo tanto,  si una persona ya sea física o moral utiliza la imagen o el retrato de una persona sin su consentimiento está cometiendo una violación a dicha disposición legal, lo que se traduce en una infracción administrativa (multa), por lo que en dichos casos se estaría facultado para iniciar una demanda (solicitud de declaración administrativa de infracción en materia de comercio, es decir, un litigio) según lo dispuesto por el artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor, sin embargo, por disposición del artículo 232 de la propia Ley Federal del Derecho de Autor, este tipo de procedimientos son ventilados ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), quien brinda el apoyo técnico al Instituto Federal del Derecho de Autor para tramitar este tipo de asuntos, pues  el Instituto Nacional del Derecho de Autor, no cuenta con los recursos económicos ni humanos para tramitar este tipo de asuntos.

Es muy importante saber que si una persona toma una fotografía de nuestra persona esto no lo faculta para poder utilizarla en cualquier medio, ni para cualquier fin.

El derecho de imagen es uno los derechos inherentes a la persona humana por lo tanto nadie tiene derecho a utilizar la misma si no ha habido un consentimiento expreso y por escrito del titular de dicho retrato es decir de la persona a la que le corresponde dicha imagen.

Han sido muy sonados los casos tanto a nivel nacional como internacional en los que algunas empresas importantes se han visto en la necesidad de pagar grandes cantidades de dinero a personas cuya imagen utilizaron para comercializar y promocionar sus productos sin contar con el consentimiento expreso de éstas.  Tal es el caso de el famoso café de la empresa Nestlé denominado Taster´s Choice, misma que, al utilizar la imagen de un modelo sin pedirle autorización para ello y finalmente después de 20 años tuvieron que pagar varios millones de dólares.

Es muy recomendable que ante un caso como en los anteriormente mencionados, usted consulte a un abogado o despacho especialista en propiedad intelectual o en derechos de autor que sea de su confianza.

Cesar Ramírez Esteves

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¿Como se protege el nombre de una revista o periodico?

Foto: blackbiscuits (via flickr)

El nombre de una revista o de un periódico puede protegerse, paralelamente, desde dos puntos de vista: el de la propiedad industrial y el de los derechos de autor.

En primer lugar tenemos el de la propiedad industrial, por medio de un registro de marca.

Teniendo en cuenta que una marca es «cualquier signo visible que sirva para distinguir productos o servicios de otros de su misma especie», tenemos que el nombre de una revista cumple fielmente con esta definición. En este caso el producto a distinguir es la propia revista.

Este trámite, se realiza, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y la vigencia del registro (al igual que cualquier marca) es de 10 años, renovable por periodos iguales.

En la otra mano tenemos la figura de la reserva de derechos al uso exclusivo, misma que protege el titulo o nombre de una publicación periódica, como sería una revista o un periódico. Esta figura está contemplada en la Ley Federal del Derecho de Autor, y lógicamente está a cargo del Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR).

Ahora la pregunta sería, ¿Porqué existen 2 distintas figuras jurídicas para proteger el mismo bien ?

No hay una respuesta concreta. Algunos abogados especialistas son de la idea de que las reservas de derechos deberían de ser eliminadas de la legislación (de hecho son muy pocos los países en cuya legislación se contempla). Algunos otros opinan que es una ventaja poder contar con protección acumulada (como se le denomina al hecho de contar con protección para el mismo bien jurídico, desde el punto de vista de la propiedad industrial y el de los derechos de autor en forma simultanea).

Como en todo caso las reservas de derechos ofrecen algunas ventajas sobre las marcas, y desde luego, también tienen algunas desventajas frente a estas (esto sería tema de otro post).
Por lo anterior, es importante señalar, que lo idóneo es que el nombre de un diario, periódico o revista, cuente con protección acumulada, esto es, contar con el registro de la marca y al mismo tiempo contar con la reserva de derechos al uso exclusivo.

Asesórese con un abogado especialista en marcas y/o derechos de autor que sea de su confianza.

Cesar Ramírez Esteves

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¿Como y donde registro el nombre de una banda en México?

El nombre de una banda o grupo musical puede protegerse desde dos ámbitos:

  1. Como una marca registrada(regulada por la Ley de la Propiedad Industrial).
  2. Como una reserva de derechos al uso exclusivo (regulada por  la Ley Federal del Derecho de Autor).

MARCA REGISTRADA:

Por lo que hace a la marca, la misma deberá registrarse en la clase 41 de la clasificación internacional de productos y servicios contenida en el Arreglo de Niza, misma que protege, entre otros, servicios de entretenimiento, entre los que se encuentran, la organización de conciertos y otros análogos.

La vigencia de una marca, como ya lo hemos mencionado, es de 10 años renovables indefinidamente por iguales periodos. La protección abarca el territorio de la República Mexicana.

RESERVA DE DERECHOS:

La reserva de derechos es la facultad de usar y explotar en forma exclusiva, entre otros, nombres de personas o grupos dedicados a actividades artísticas.

Al igual que en el caso de las marcas, los titulares de una reserva de derechos pueden ser tanto una persona en lo individual, como varias personas (por ejemplo: todos los miembros de la banda)

La vigencia de un certificado de reserva de derechos es de 5 años (en las marcas es de 10) para el caso de nombres artísticos de personas o grupos, renovable por iguales periodos.

Para poder renovar una reserva de derechos es indispensable el comprobar previamente el uso fehaciente de dicha reserva.

Siempre es recomendable contar con lo que se conoce como protección acumulada, consistente en gozar de la protección del nombre, tanto desde el ámbito de la propiedad industrial (marca registrada) como de los derechos de autor (reserva de derechos).

No olvides siempre que sea posible consultar a un abogado especialista en marcas o en propiedad intelectual a efecto de que pueda orientarte y evitar así en un futuro conflictos y dolores de cabeza.

Cesar Ramírez Esteves

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