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El convenio de corresponsabilidad es obligatorio para productores bajo denominaciones de origen en México. Aprende qué implica y los riesgos de incumplirlo.
Como todos sabemos, “Tequila” fue la primera denominación de origen de nuestro país, y es también la bebida más vendida y característica de México.
Al ser una denominación de origen, existe una Norma Oficial que define los pasos que tiene que seguir quien pretenda fabricar o comercializar tal bebida (NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-006-SCFI-1994, BEBIDAS ALCOHÓLICAS- TEQUILA-ESPECIFICACIONES).
Esta normal oficial, establece como requisito que, en caso de que se pretenda utilizar una marca para el tequila, distinta a la del productor o que éste sea envasado por una persona diferente al fabricante, se debe presentar para su inscripción ante el IMPI un convenio de corresponsabilidad en el que tanto productor como distribuidor y/o envasador se comprometen a dar cumplimiento a la referida norma oficial.
En pocas palabras, cuando una persona o empresa pretende comercializar su propia marca de tequila, pero al no ser productor, encarga su elaboración a una determinada fabrica qué si está autorizada a usar la denominación de origen, se debe celebrar este convenio.
El convenio antes mencionado, debe de ser inscrito ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) para que surta sus efectos, y una vez hecho esto, es necesario acudir ante el Consejo Regulador del Tequila (CRT) a efecto de que se lleve a cabo la certificación de las marcas de tequila en cuestión.
Es muy importante tener en cuenta la vigencia de los convenios, dado que, en caso de que un convenio pierda su vigencia, se tendrá que suspender el embotellado del tequila que ostente la marca en cuestión.
Cesar Ramírez Esteves.
Especialista en marcas, denominaciones de origen y Propiedad Intelectual en general.
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Preguntas frecuentes
¿Quién está obligado a celebrar un convenio de corresponsabilidad?
Debe celebrarlo toda persona o empresa que comercialice una bebida con denominación de origen —como el tequila— bajo una marca propia sin ser el productor autorizado, o cuando el envasado lo realiza alguien distinto al fabricante. En ese supuesto, productor, distribuidor y envasador se comprometen ante el IMPI a cumplir la Norma Oficial Mexicana correspondiente.
¿Ante qué autoridad se inscribe el convenio y por qué es indispensable?
El convenio debe inscribirse ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) para que surta efectos legales. Sin esa inscripción, el documento no produce consecuencias frente a terceros ni acredita el cumplimiento de la norma oficial, lo que puede impedir la comercialización lícita del producto bajo la denominación de origen.
¿Qué riesgos implica comercializar tequila sin este convenio?
Comercializar una bebida amparada por denominación de origen sin el convenio inscrito puede considerarse un uso indebido de la denominación, exponiendo al responsable a procedimientos administrativos, sanciones e incluso al retiro del producto del mercado. Además, se incumple la Norma Oficial Mexicana aplicable, lo que compromete la legalidad de toda la cadena de comercialización.
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